Autoridad electoral, facultada para sancionar irregularidades en gastos
Durante la sesión de este miércoles, los magistrados de la Sala Superior determinaron que la omisión en cuanto al reporte de un gasto vulnera la certeza y la transparencia en el manejo de los recursos, así como la equidad en la contienda.
Al resolver el SUP-CDC-5/2017, el pleno consideró que no se encuentra regulada alguna disposición legal o reglamentaría que limite la facultad de la autoridad.
Lo anterior en cuanto a la posibilidad de sancionar conductas que no hayan sido de su conocimiento a través de los distintos informes que se encuentra obligada a fiscalizar, ya sean de gastos ordinarios, de precampaña o de campaña.
De acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales, la autoridad electoral nacional es competente para conocer de la fiscalización de los ingresos y gastos de los partidos políticos y de los candidatos durante los procesos electorales federales y locales.
Por ello, el INE puede desplegar, en cualquier momento, su facultad de monitoreo y de detección de irregularidades en los informes de ingresos, egresos y gastos.(NOTIMEX)]




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