Diputados avalan prohibición de mamíferos marinos en espectáculos

[Tras dos intentos frustrados por falta de quórum, diputados del PVEM, PRI, Encuentro Social y Nueva Alianza en la Cámara de Diputados avalaron con 242 votos a favor y 190 en contra el dictamen por el que se reforma el cuarto párrafo del Artículo 60 bis de la Ley General de Vida Silvestre en materia de mamíferos marinos.

Sin debate ni abandono del salón de sesiones por diputados de Morena, panistas, perredistas, y de Movimiento Ciudadano, como ocurrió en las sesiones del 6 y 20 de abril pasados, el pleno aprobó la reforma para prohibir la utilización de mamíferos marinos de cualquier especie, como ballenas, delfines y manatíes, en espectáculos fijos o itinerantes.

Además de prohibir cualquier actividad que involucre a esas especies, con excepción de la investigación orientada a su conservación, que realicen instituciones de educación superior y de acuerdo con la normatividad aplicable.

El dictamen aprobado, que fue de seguimiento a la sesión del 20 de abril pasado, en los artículos transitorios establece que los propietarios y poseedores de mamíferos marinos en cautiverio contarán con un plazo de 30 días naturales para integrar un inventario, el cual deberá ser entregado a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para su validación a más tardar los siguientes 30 días naturales al vencimiento del plazo referido.

Dicho inventario deberá acreditar su legal procedencia, el número de registro, tipo de marcaje con el que cuenta el ejemplar y cualquier otro dato que establezca la dependencia. Además, contenendrá datos del ADN y registro fotográfico de la aleta dorsal de cada ejemplar. Para el caso del registro de ADN, se les otorgará un plazo de hasta nueve meses adicionales.

Los ejemplares de las especies mencionadas que formen parte del inventario podrán continuar en cautiverio para que cumplan todos y cada uno de los fines para los que recibieron la autorización correspondiente y la normatividad ambiental en materia de trato digno y respetuoso.

Queda prohibida la reproducción en cautiverio de las especies de mamíferos marinos, con excepción de aquella que se lleve a cabo para la recuperación, reintroducción y repoblación de especies sujetas a alguna categoría de protección.(NOTIMEX)]

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