Cómo evitar un embargo y no perder tu patrimonio
A raíz de un caso que fue denunciado en uno de los Juzgados Letrados Civiles del Poder Judicial coahuilense, nos dimos a la tarea de realizar este análisis sobre las compras a crédito, las firmas de pagarés en blanco y el proceso que se debe llevar en caso de ser demandado a causa de no cumplir con los compromisos de adeudo.
Para poner en contexto, la señora Idalia Rodríguez Cedillo acudió el pasado 21 de junio a denunciar a los abogados Raúl Fonseca Delgado y a Santos Alfonso Reyes Bustos ya que, presuntamente, su despacho habría comprado algunas carteras vencidas pertenecientes a algunas mueblerías y casas de préstamo de la ciudad, a quienes les quedaron a deber pagos que debieron realizarse desde el año 2018, en algunos de los casos.
Al día de hoy, algunas familias saltillenses se vieron afectadas con el embargo de sus pertenencias que, además, han sido rematadas, supuestamente, en las redes sociales, sin cumplimentar el procedimiento de juicio de embargo.
De acuerdo con la revista Resuelve que es una financiera que ofrece asesorías gratuitas para la liquidez de las deudas a través de la vía virtual, en México, la solicitud de créditos es muy recurrente y la venta del factoraje o cartera vencida es completamente legal si es que se busca que se salden las cuentas por cobrar a las microempresas.
En Saltillo ocurre algo similar, según el punto de vista del abogado Héctor Palafox, es común que se soliciten préstamos o compras a crédito que luego no son saldados en su totalidad y luego sean adquiridos por despachos que se dedican a la cobranza; casos que culminan mayormente en embargos de casas-habitación.
Lo ideal al momento de solicitar un préstamo o realizar alguna adquisición es poder pagarlo de vuelta aunque en la mayoría de los casos no ocurre así debido a que se puede tener alguna situación de urgencia en donde se puede llegar a utilizar el dinero que estaba destinado al saldo del adeudo.
Si no se tiene el efectivo a tiempo, lo seguro es que la entidad prestamista ponga algunos intereses moratorios que llevan a que la deuda muestre un crecimiento ilimitado que luego puede convertirse en el emprendimiento de medidas legales contra el deudor.
A decir del abogado Héctor Palafox quien litiga en las materias civil, familiar y tiene experiencia en el área mercantil, es necesario conocer el por qué inició el procedimiento en caso de ser demandado y si se trata de un adeudo de este orden, es necesario seguir todos los ordenamientos que indica la justicia.

Algo que he aprendido en mis años de experiencia es que la justicia no siempre es justa, los conflictos legales que llegan a un juicio deben ser resueltos de acuerdo a la comprobación que se tenga de los hechos que encausaron cualquier demanda”
El abogado, informó que la vía por la que se hace justicia en el tema de adeudos, es la vía civil a través del orden mercantil y una de las mejores cosas que pueden hacerse a lo largo de estos procedimientos es conocer a detalle cuáles son las obligaciones y derechos del deudor.
Si tú has sido demandado por el impago del saldo completo o parcial de algún préstamo o adquisición, es posible que las autoridades judiciales procedan a embargar tus bienes a través de tácticas legales para asegurar la cobertura de la deuda, aunque, es necesario destacar que para las entidades prestamistas siempre es preferible, primero, negociar el pago de la deuda ya que los juicios de embargo son caros para ambas partes y no se tiene la garantía de la recuperación del dinero que se adeuda.
Cabe señalar que la entidad prestamista o el acreedor tiene siempre una serie de elementos para comprobar que un tercer actor no ha saldado su adeudo; algunos de estos son los estados de cuenta, el contrato de apertura del préstamo que deriva en la cantidad a deber o bien, la firma de algún cheque o pagaré con el que se compromete la cobertura del pago.
“Los pagarés son títulos de crédito que tienen ciertas características que la ley les confiere, y una de esas características o las más importantes que hay que tomar en cuenta, por ejemplo, es la literalidad del documento, es decir, la cantidad que está descrita en el documento; ese es el adeudo que debe cubrirse”, dijo Palafox.
¿Cómo se notifica una demanda mercantil?
Para proceder a una notificación por demanda mercantil, es necesario seguir los lineamientos que son marcados por la ley; el primero tiene que ver con una notificación judicial a través de la que se te da a conocer que te encuentras en medio de un proceso judicial de embargo.
Dicha notificación es hecha por un ejecutor que debe identificarse como la persona que ha sido enviada por el juez; esto tiene que realizarse de forma respetuosa y amable, dando paso a los siguientes actos en los que podría suceder que:
- El demandado cuenta con el efectivo a deber; en este caso, el abogado y el ejecutor se retiran del lugar sin establecer ningún embargo de bienes y se da por finalizado el juicio.
- Si el demandado no cuenta con el efectivo para saldar el adeudo, se procederá a realizar un señalamiento de bienes suficientes para saldar el pago, lo que emplazará el juicio de la demanda por nueve días hábiles para conseguir el dinero que se adeuda.
- Si el demandado no se encuentra en el domicilio, se dejará una notificación en donde se indique el día y la hora en que regresará, pero, si hay alguien en casa, el embargo puede proceder.
- Si el demandado ya no vive en el domicilio indicado, se procederá a tomar nota del asunto y retirarse; en este caso, el abogado podría iniciar una investigación para conocer la verdad de lo que se dice en el domicilio y esto también puede dar lugar a una demanda por ocultar la verdad.
La retención de bienes
Esta medida se toma como método de aseguramiento para el pago del adeudo.
Es bueno conocer que como demandado se puede solicitar que los bienes que sean embargados y que queden bajo el resguardo del actuario, sean inventariados para que luego el demandado pueda requerir de su revisión para asegurar el estado en el que se encuentran los muebles.
El caso de la firma de pagarés en blanco
La emisión y firma de pagarés en blanco puede conllevar a varios problemas del ámbito legal y convertirse en un método de pago de alto riesgo.
La firma de este tipo de documentos puede involucrar consecuentemente a un aval quien asegura el pago de la cantidad a saldar, que, en este caso, se desconoce.
“Es aconsejable no firmar pagarés en blanco, aunque hay mucha gente que lo hace, sobre todo porque hay algunas personas que se dedican a hacer préstamos y como desconocen el tiempo en que se llegará a cubrir el adeudo, se procede a firmar este tipo de papelería” señaló Palafox.
¿Firmarías un pagaré en blanco?
Le preguntamos a una Contador Privado, a una estudiante, a dos hombres de edad mediana y a dos mujeres más si firmarían un pagaré en blanco y esto fue lo que respondieron:
C.P., 50 años- Los pagarés en blanco yo no los firmaría porque se puede prestar a fraudes, por ejemplo, si a mí me dicen, te voy a prestar, diez mil pesos, pero fírmame un cheque en blanco o un pagaré o como aval, entonces pues yo no me arriesgaría a hacerlo porque si yo lo firmo por una cierta cantidad prometida, me la pueden llegar a duplicar, triplicar o hacer un súper fraude, me metería en un problema de demandas, de abogados y de todo eso, yo no me arriesgaría porque está de por medio mi familia, mi salud, mi economía, mi bienestar, quiero dormir tranquila, sin estar pensando en que firmé un pagaré en blanco.
Estudiante, 21 años- Para nada firmaría un pagaré ni un cheque en blanco, no sé por qué, solo sé que siempre me lo han recomendado.
Mujer 1, 28 años- No firmaría ningún pagaré en blanco a cambio de cualquier préstamo.
Mujer 2, 24 años- Pues no, no firmaría un cheque ni un pagaré en blanco porque obviamente se prestaría para un mal uso y creo que es algo que nadie debería de hacer porque definitivamente puede que lo usen para mal y sea un daño contraproducente para mí en el caso de que nisiquera yo firme por alguna cantidad y puedan usarlo para alterarlo o algo por el estilo.
Hombre 1, 32 años- Yo no firmaría un papel en blanco pero hay que analizar si el deber dinero es delito o no y cómo pueden o deben cobrar los acreedores o las personas de la institución a las que les debamos dinero siendo deudores.
Hombre 2, 40 años- Yo tengo un problema, le debo a una tienda departamental, ayer me llegó uno de esos papelitos de cobranza, que me van a embargar, yo no me estoy negando a nada, les comenté que puedo pagar en partes pequeñas porque la cantidad que me piden no la tengo, estoy abonando de poquito en poquito.
¿Cómo evito llegar a una demanda por embargo?
Ahora que ya conocemos un poco más sobre los procedimientos en torno a demandas por embargos y para no llegar a esta situación, es necesario señalar algunas herramientas de educación financiera que han sido recomendadas por el entrevistado, Héctor Palafox y por la experiencia ciudadana.
En primer lugar, es necesario recordar que para pedir un préstamo económico o para realizar alguna adquisición de bienes o servicios, hay que tomar en cuenta si la situación en la que se realiza es de urgencia y no solamente para satisfacer necesidades innecesarias.
Para pagar las futuras deudas hay que considerar el contar con un ahorro para afrontar las situaciones de emergencia, pues hay que considerar que el no pagar puede traer consigo el incremento de los intereses y comisiones, lo que podría acarrear problemas legales.
Aprender a redactar y llenar con los datos correspondientes, con número y letra la cantidad a deber para evitar futuros problemas que pueden derivar en la falsificación de la cantidad a deber.
Recordar que cualquier documento que compromete al deudor a liquidar cierto saldo y que es firmado, debe estipular todas las características que proceden al crédito o préstamo que se esté solicitando.]




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